jueves, 9 de diciembre de 2010

Capitalizar un Paro al Montar una Empresa

Ante la situación económica que vivimos y el alto índice de desempleo, muchas personas ven en el autoempleo una posible salida a su situación personal. Tomada esta decisión, uno de los mayores problemas que puede encontrar un emprendedor es conseguir el capital necesario para poner en marcha su proyecto.

Las personas que van a crear una empresa y tienen derecho al cobro de la prestación por desempleo, pueden optar por cobrar anticipadamente la parte de la prestación que aún no ha recibido y así obtener una parte de la liquidez que puedan necesitar para montar su negocio. En eso consiste la capitalización del desempleo.


Condiciones para solicitar la capitalización

Lo primero que debemos de saber es que para poder solicitar la capitalización de nuestra prestación por desempleo debemos tener concedida dicha prestación y no haber iniciado la nueva actividad antes de hacer dicha solicitud.

Además hay que tener en cuenta las siguientes cuestiones:

Tener pendiente de cobro, al menos, tres meses de esa prestación.
No haber solicitado la capitalización en los últimos cuatro años.
Si la nueva actividad se va a realizar a través de una cooperativa o de una sociedad laboral, debemos participar en ella como socio trabajador con carácter indefinido, no temporal.
El dinero que recibamos como capitalización de nuestra prestación por desempleo ha de destinarse a nuestro proyecto empresarial, pero además ha de utilizarse siempre para inversión en inmovilizado. No puede utilizarse para financiar circulante ni para tener un colchón económico con el que afrontar los gastos iniciales.

La capitalización para los autónomos

Cuando solicitamos la capitalización para iniciar una actividad empresarial como autónomo podremos obtener como máximo el 60 % del importe total de la prestación que tenemos pendiente de percibir.

Los jóvenes hasta 30 años y mujeres hasta 35 años tendrán un límite del 80% y los trabajadores discapacitados, cuyo grado sea igual o superior al 33%, podrán acceder al 100% del importe de su prestación por desempleo.

En aquellos casos en los que no se pueda acceder al 100% del importe pendiente de cobro se puede solicitar la compensación del importe restante con las cuotas de Seguridad Social como trabajador autónomo.

La capitalización para crear una Sociedad Laboral o una cooperativa

Se puede solicitar la capitalización para la creación de una empresa bajo la modalidad de una sociedad laboral. En este caso se obtiene el 100% del importe pendiente de cobro.

Se puede solicitar la capitalización para obtener la condición de socio de este tipo de sociedades aportando la cantidad recibida como participación en el capital social de la misma. En caso de que nuestra aportación fuera menor que el importe a percibir podemos optar por compensar el importe restante en cuotas de la Seguridad Social.

Al igual que en el caso anterior podemos solicitar la capitalización para comenzar a trabajar como socio trabajador o de trabajo de carácter estable en una cooperativa existente o de nueva creación. La cantidad a percibir en este caso será del 100% del total pendiente.

Consideraciones finales

La capitalización de la prestación por desempleo para que los parados creen sus propios negocios es una de las maneras más habituales de financiación de nuevos proyectos emprendedores liderados por personas que están cobrando esta prestación y deciden lanzarse al mundo empresarial.

Las solicitudes han de tramitarse a través de las Oficinas del Inem y es relativamente fácil y rápido el procedimiento para obtenerla.

A efectos fiscales, las personas que solicitan la capitalización han de tener en cuenta que hay un límite exento del IRPF por este concepto y que actualmente se sitúa en 15.500 euros, todo lo que sobrepase esta cantidad ha de incluirse en la declaración de la renta.

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